Abog.  MSc. Georgy Sánchez

Derechos Humanos y su progresividad

Se debe entender en primer lugar que la especie humana, es un ser social por excelencia, y la convivencia en sociedad hace necesario el desarrollo del derecho para regular, respetar y proteger su convivencia. La adquisición de derechos por el solo hecho de nacer dentro de la especie humana es una máxima ligada intrínsecamente a los derechos humanos.

Entender la dimensión de los avances en materia de Derechos Humanos nos da una perspectiva de una de sus principales características como lo es la progresividad, comprender que a lo largo de la historia de la humanidad existen hechos que sirvieron de punto de inflexión y permitieron el reconocimiento, protección y ampliación de los derechos humanos, abriendo cada vez más el compás en materia de garantías. En las siguientes líneas se pretende desarrollar dichos hitos históricos para ser contrastados con la realidad actual y evaluar los grandes avances, así como los terrenos por conquistar en esta materia.

Dicho esto, algunos autores inician el recorrido con el decálogo de mandamientos de la biblia hebrea, donde se coacciona desde el punto de vista religioso a revolucionarios mandatos como “No mataras”, y se comienzan a tener los primeros indicios del reconocimiento y el respeto en el prójimo al expresar “amaras al prójimo como a ti mismo”, similar a lo plasmado, en el «Código de las Diez Libertades Humanas Esenciales y Controles o Virtudes necesarias para la Vida Buena». También es importante resaltar, la aparición del Código de Hammurabi, (1750 a.C) rey de Babilón quien fue el pionero en la codificación de las normas que, aunque barbarás y primitivas contrastadas con la era actual, fueron un importante avance en la materia que nos ocupa ya aportaron el elemento escrito y objetivo de la norma, contrario a los caprichos subjetivos del monarca reinante.

En el mismo orden, los vestigios de la liberación de esclavos, de libertad religiosa y de equidad racial decretados por el rey persa Ciro II “El grande”, (539 a.C.) aunada a la llamada “consagración de la libertad por el orden jurídico” de Aristóteles en sus escritos denominados la Política (340 a.C.), y no es sino la recopilación de esos derechos naturales que se consagran para permitir su subsistencia. El imperio Romano, trajo consigo la llamada Ley Decenviral, que estableció revolucionarias medidas en materia de propiedad privada y reconocimientos procesales, de igual forma el cristianismo trajo consigo la caída del Imperio Romano y a su vez introdujo el concepto de la dignidad humana, proclamando la igualdad de las personas ante Dios, y por ende un reconocimiento tácito de la igualdad ante la Ley, así se percibe como Santo Tomas refuerza la idea de libertad e introduce el concepto de moralidad presente en todas las leyes de origen natural.

 

Se hace necesario entonces entender que en estos momentos históricos la humanidad se encuentra en fases marcadas por las constantes luchas armadas, por ende, existe una gran influencia de la religión y su imposición forzada, además hay una limitada tecnología, la esclavitud, las conquistas, la desigualdad se encuentra robustecida y cualquier avance legal en estas materias se considera como un hecho desafiante y revolucionario. En este sentido vemos como el choque entre Estado y ciudadano – ambos en sentido amplio, según su manifestación histórica-, concebida en un “no hacer” y en ello se reconocen como derechos anteriores incluso al Estado, y se manifiestan en “libertades” para quienes se desenvuelven en él, prueba de ello es la Carta Magna de las Libertades, de Juan I de Inglaterra, que fuese conocido entre otros como “Espada Suave”, por su pésimo accionar militar y la flexibilidad en el establecimiento de libertades en el 1215 de nuestra era.

Alfonso IX de León y sus súbditos, para 1188, que fue extendido por el acuerdo de la Corte de Valladolid de 1322, que se conjuraron para elevar los derechos procedimentales y de acatamiento de las normas. En la misma región, se desarrollaron posterior al descubrimiento y conquista de los nuevos territorios americanos, las Leyes de Indias, las cuales buscaban ser una contención que regularizara y humanizara el tratamiento de los conquistadores ante las poblaciones autóctonas de las indias, topándonos en este instante con las primeras referencias a este tema en nuestro país.

En 1628, se materializó, luego de los impases entre el parlamento y el Rey Carlos I de Inglaterra, derivados de la Guerra de los 30 años, la Petición de Derechos o Petitions of Right, la cual le daba rango constitucional a las libertades e imponía garantías a los súbditos, las cuales debían ser respetadas por todos, incluso el Rey. Años más tarde, por 1679 sería Carlos II de Inglaterra quien sentara las bases del Habeas Corpus, y dos lustros después cuando corría el año de 1689, se estable la Bill of Rights o Declaración de Derechos, misiva impuesta por el parlamento inglés al príncipe Guillermo de Orange para poder suceder al Rey Jacobo II, encontrándonos con la primera constitución moderna.

En otro orden, ya en el “nuevo Mundo”, y producto de controversias económicas como el conocido motín del té en Boston, desencadenaron en Revoluciones como la Norteamericana y su notable Declaración de Virginia de 1776, de la cual vale la pena copiar lo indicado en su sección 1, en los siguientes términos: “todos los hombres por naturaleza son igualmente libres e independientes y tienen ciertos derechos fundamentales que no pueden ser disminuidos ni coartados por ningún pacto, a saber: el goce de la vida y de la libertad como medios para adquirir y poseer  propiedades y para buscar y obtener la dicha y la seguridad» , un reconocimiento a los derechos del hombre por el solo hecho de pertenecer a la especie humana y por ende su igualdad ante la ley, situación que fuera reforzada al declarar su independencia semanas más tarde, en la Declaración de Filadelfia, de esta manera: “Sostenemos como verdades evidentes que todos los hombres han sido creados iguales; que a todos confiere su Creador ciertos derechos individuales entre los cuales están la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad (…)”.

 

De vuelta al viejo continente, las presiones sobre la monarquía francesa y una grave crisis económica y social, hacen estallar su revolución al grito de: Libertad, Igualdad y Fraternidad, entonces en 1789, el Barón de Montesquieu y el suizo Rousseau aportan con sus escritos la universalidad de los derechos, libertades y los derechos individuales, avanzando en los derechos de pensamiento, derechos políticos y en la separación de los poderes, siendo fieles al proceso de aborrecimiento del autoritarismo y concentración de poderes. Días más tarde, sale a la luz la Declaración Francesa de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, donde podemos resaltar: “una declaración solemne, los derechos naturales, inalienables y sagrados del hombre, a fin de que esta Declaración, teniéndola siempre presente todos los miembros del cuerpo social, les recuerde constantemente sus derechos y deberes (…)».

Ahora bien, los conflictos bélicos en la edad actual comienzan a desatar las más obscuras actuaciones humanas, lo que también impulsan la necesidad de la regulación y reconocimiento de los derechos humanos, por tanto, la Gran Guerra (1914), originada por el asesinato del archiduque de Austria, obligó a la Sociedad de Naciones a regular la situación de los pobladores atrapados en las zonas de conflicto, teniendo los vestigios del Derecho Internacional humanitario y el Derecho Internacional de los Derechos humanos. El fin del conflicto mediante el Tratado de Versalles, y su protección en materia de derechos humanos, sociales y económicos lo que significo una gran conquista sin dudar, ya que de allí se derivan los orígenes de la Organización internacional del Trabajo y todo lo que ello acarrea.    

Sin embargo, las fuertes sanciones a Alemania trajeron consigo una inconformidad que fue enarbolada por su gobierno nacional socialista, así como el nacimiento del fascismo en Italia, el franquismo es España y el surgimiento de gobiernos totalitarios nacionalistas sirvieron de caldo de cultivo para la II Guerra Mundial, cuya voracidad e irrespeto a la dignidad del ser humano originaron la aparición de entidades supranacionales que pasaran a garantizar, reconocer, proteger pero sobre todo coaccionar a los Estados, los derechos humanos. De esta manera pues en 1948 sale a la luz la Declaración Universal de los Derechos Humanos, especificando los 30 artículos que consagran en principio los derechos de todo ser humano. Este documento pasa a ser el eje fundamental del resto de las normativas en la materia a nivel mundial, dada su amplitud e importancia.

En su preámbulo, se introduce de manera inmediata el concepto de dignidad intrínseca como fundamento axiológico de los derechos de la gran familia humana, plasma la libertad de palabra y de creencias, el valor de la persona humana y la igualdad de género, amplían el concepto de libertad que hasta el momento se había manejado.

Los logros en materia de DDHH han alcanzado hoy en día a lo que conocemos como generaciones, entonces nos topamos con derechos humanos de primera, segunda o tercera generación, su progresividad ha permitido que algunos autores afirmen que por interpretación extensiva todos los derechos pueden considerarse derechos humanos

De igual manera, existen algunas posiciones que tratan de introducir otras categorías al hablar de derechos humanos de cuarta, quinta o sexta generación, pero esta es una situación donde la mayoría de la doctrina es clara al expresar que dichas categorías no existen, cuestión que compartimos, aunque a nuestra consideración pueden ser objeto de debates y estudio.

 

Finalmente, las conquistas en materia de Derechos Humanos no cesan, la búsqueda de igualdad, protección y reconocimiento de las minorías, a los vulnerables, plantean grandes retos a la humanidad, al momento de discernir hasta qué punto el reconocimiento de nuevos derechos, vulnere y menoscabe el ejercicio de otros ya tradicionalmente establecidos.   

 

REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS

 Lectura 4: VIRGINIA KANNEE.  Evolución-Histórica-de-Los-Derechos-Humanos: https://es.scribd.com/doc/56112962/Evolucion-Historica-de-Los-Derechos-Humanos#

Lectura 5: Declaración Universal de Derechos Humanos http://www.ohchr.org/EN/UDHR/Documents/UDHR_Translations/spn.pdf

Lectura 6 La ONU y Los Derechos Humanos. http://www.un.org/es/rights/overview/

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